La medición inicia por medio del micrófono el cual convierte la acústica en una señal eléctrica que luego será procesada por una unidad de procesamiento conformado por una red de filtros de ponderación en frecuencia y un promedio del tiempo.

Existen sonómetros Tipo 0, 1, 2 y 3 sin embargo, la norma IEC 61.672 elimina las clases 0 y 3, permitiendo el uso de las clases 1 y 2

  • Sonómetro Tipo 1: Utilizados en campos de trabajo ya que permite una precisión exacta, se conforma de un micrófono, amplificador y filtros de frecuencia.
  • Sonómetro Tipo 2: Realiza una medición general del campo de trabajo, se compone de un indicador y de un detector de señal o convertidor.

Pistófono o Calibrador acústico: Equipo que complementa y ajusta el sonómetro creando un sonido estable a una determinada frecuencia que el sonómetro medirá.

Dosímetro: Es considerado como un derivado del sonómetro que permite evaluar la dosis de ruido a la que está sometida una persona durante una jornada laboral.

Otros posibles complementos: Impresoras, trípodes, filtros, extensores y pantallas de avistamiento

 

MEDICIÓN

La presión sonora se expresa en Pascales, los niveles de presión sonora se expresan en decibeles (dB). Las medidas deben indicar el filtro de ponderación frecuencial utilizado (A, C, D u otro) y el filtro de ponderación temporal F, S o I según sea rápida, lenta o de impulso (Fast, Slow o Impulse, en inglés). Para todas las mediciones y cálculos, la presión sonora de referencia es 20 µPa.

(Párrafo tomado de la resolución 627 de 2006)

La normativa en Colombia establece que los horarios permitidos para realizar mediciones deben ser en los siguientes horarios:

Diurno De las 7:01 a las 21:00 horas

Nocturno De las 21:01 a las 7:00 horas

 

ESTÁNDARES MÁXIMOS PERMISIBLES DE NIVELES DE EMISIÓN DE RUIDO EXPRESADOS EN DECIBELES DB(A).

ESTÁNDARES MÁXIMOS PERMISIBLES DE NIVELES DE RUIDO AMBIENTAL EXPRESADOS EN DECIBELES DB(A)

(Tabla 2 tomada de la resolución 627 de 2006)

Condiciones Meteorológicas: Las mediciones de los niveles equivalentes de presión sonora ponderados A, -LAeq,T – deben efectuarse en tiempo seco, no debe haber lluvias, lloviznas, truenos o caída de granizo, los pavimentos deben estar secos, la velocidad del viento no debe ser superior a tres metros por segundo (3 m/s).

(Párrafo tomado del Artículo 20. De la resolución 627 de 2006)

 

Informe Técnico: Descargar anexo 4 De la resolución 627 de 2006 => Haz clic aquí

 

CALIBRACIÓN

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Términos similares: decibeles, espectro, octava, presión sonora, entre otros.